La Resolución 000163 del 3 de junio de 2020 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural:
"Señala que las personas naturales y jurídicas que sean propietarias, tenedoras o poseedoras de predios de producción de especies Équidas, Porcinas, Ovinas y Caprinas deberán cumplir con el nuevo Manual de Bienestar Animal".
El Instituto Colombiano Agropecuario - ICA será el ente encargado de establecer el contenido temático del curso de capacitación y su intensidad horaria, obligatorio para todo el personal que maneje producción de estas especies. Este podrá ser dictado de manera presencial o virtual y la certificación del mismo tendrá una vigencia de 5 años.
La inspección vigilancia y control de lo contenido en la Resolución, estará en cabeza del ICA el cual podrá a su vez delegar o autorizar las mismas a otras entidades. Este mismo organismo, determinará la periodicidad con que se realizarán estas medidas.
Los propietarios, tenedores y/o poseedores de predios de producción de las especies mencionadas tendrán un plazo máximo de cumplimiento de treinta y seis (36 meses) posteriores a la entrada en vigencia de la norma. Estos también estarán sujetos a sanciones en el caso de incumplimiento.
Para estas capacitaciones se deben inscribir en el correo institucional agropecuario@lossantos-santander.gov.co anexando los siguientes documentos:
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía
- Número telefónico para contacto.
Tambien puede acercarse la oficina de la UMATA en el segundo piso del palacio de gobierno con Wilson Mantilla Rincón, Coordinador de la Oficina agropecuaria UMATA. Horario de atención martes y jueves 8:00 am a 11:00 am
Conozca la norma y el manual
RESOL-136-POR-LA-CUAL-SE-ADOPTA-EL-MANUAL-DE-CONDICIONES-DE-BIENESTAR-ANIMAL-1.pdf